Mayor absolución por marihuana en España

El gran trabajo de los abogados Brotsanbert será de gran ayuda para las futuras sentencias a autocultivadores de marihuana.

No estamos acostumbrados a que los medios de comunicación mainstream publiquen noticias o artículos sobre marihuana sin connotaciones negativas y, mucho menos, que la apretada agenda de la programación televisiva incluya a nuestra querida planta en alguno de sus programas o noticiarios.

El pasado 8 de junio, en el Telediario de las 21 horas de Televisión Española, tras diferentes temas importantes de actualidad tratados, una fotografía con plantas de marihuana en estado vegetativo aparece en el croma que tiene detrás la presentadora. La noticia con esa imagen de fondo se sitúa en Fuerteventura, dos personas han sido absueltas tras la incautación en su domicilio, por parte de la Guardia Civil, de 22 kilos de marihuana.

Absolución al no haber pruebas.

En septiembre de 2013 dos personas de nacionalidad italiana fueron procesadas por un delito contra la salud pública tras encontrar en sus viviendas 22 kilos y medio de marihuana y 91 gramos de hachís. Tres años y medio más tarde, gracias al gabinete de abogados Brotsanbert, la jueza Alicia María Buendía concluía a principios de junio la absolución de ambas personas al no haber pruebas de que destinaran la marihuana que tenían en posesión a la venta. “Tras examinar con detalle cada una de las pruebas practicadas, no se aprecia pues el ánimo tendencial que necesariamente ha de concurrir en el delito contra la salud pública“, apunta.

Diferentes medios de comunicación dominantes con presencia online, así cómo otras plataformas informativas alternativas, han hecho eco de esta noticia durante todo el mes. El estudio jurídico Brotsanbert ha informado del caso con más detalle.

Pena y sanción administrativa.

Las dos personas detenidas, de nacionalidad italiana, se enfrentaban a una pena de cuatro años y tres meses de cárcel, así como a una sanción administrativa de 102.000€ por un delito contra la salud pública. Según ha explicado Brotons a los medios, ambos hacían un uso terapéutico de la marihuana incautado, tratándose – uno de ellos – de una persona con movilidad reducida con prescripción médica en Italia para dicho tratamiento, el cuál podría haber sido facilitado por su país de origen donde existe regulación sobre el cannabis medicinal.

Uso terapéutico de la marihuana.

La marihuana les ayuda a paliar sus dolores crónicos de cervicales, dorsales y rodilla – consecuencia de un accidente de tráfico -, y para combatir una dolencia cardiaca y las patologías derivadas a la medicación específica para ello.
Debido al elevado coste de dicho tratamiento y las buenas variables y condiciones climáticas para su salud y el cultivo de marihuana que hay en las Islas Canarias, decidieron mudarse a Fuerteventura.

Anterior a este suceso, ningún residente en España había salido impune con semejantes cantidades, este caso “constituye el mayor acopio de esta sustancia declarado no delictivo hasta ahora en España“.

Más de 200 o 300gr es considerado tráfico.

Los protocolos que solía seguir el Tribunal Supremo ante estas circunstancias era que con cantidades superiores a los 200 o 300 gramos, automáticamente, era considerado tráfico. Gracias al trabajo incesable de personas como Héctor Brotons y Alejandro Amorós, poco a poco se va ampliando el marco de sentencias que no sólo favorecen a sus protagonistas, si no que son importantes para todos los cultivadores y consumidores de marihuana.

Este fallo ha sido de gran ayuda ya que se ha hecho ver al Tribunal Supremo que no se puede seguir unas pautas firmes para dictaminar si una persona es inocente o no, y que la cantidad no tiene porque indicar que dicha sustancia está destinada al tráfico, por lo que este caso será de gran ayuda para abrir la puerta a cultivos para consumo propio que se adapten a las necesidades de cada consumidor.

 

Texto: @desayunoconweed